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Relación directa y regular (visitas)

La relación directa y regular, según el artículo 229 del Código Civil, “es aquella que propende a que el vínculo familiar entre el padre o madre que no ejerce el cuidado personal y su hijo se mantenga a través de un contacto periódico y estable”.

Cuidado personal (tuición)

El cuidado personal es un conjunto de derechos y obligaciones que le corresponde a ciertas personas respecto de el o los niño(s), niña(s) o adolescente(s). Corresponde, en principio a los padres, y excepcionalmente a terceros.

Se encuentra regulado en el Código Civil, específicamente en el artículo 225, que señala que al vivir separados los padres “podrán determinar de común acuerdo que el cuidado personal de los hijos corresponde al padre, a la madre o a ambos en forma compartida”

Pensión de alimentos

La pensión de alimentos es la suma de dinero u otra prestación que se otorga a una persona que no cuenta con los medios suficientes para subsistir adecuadamente, los cuales deben resguardar el interés superior, la autonomía progresiva y el desarrollo integral del niño, niña y adolescente, incluyendo a lo menos alimentación, habitación, vestuario, salud, movilización, enseñanza básica y media, aprendizaje de alguna profesión u oficio.
La pensión de alimentos que se regule debe expresarse en unidades tributarias mensuales (UTM).
También se puede constituir derechos de usufructo y de uso o habitación sobre bienes inmuebles del alimentante.

Aumento pensión de alimentos

Se solicita cuando cambian las circunstancias económicas del alimentante que esta haya mejorado  o aumentan los gastos de los hijos. el trámite de  aumento de pensión de alimentos la debe presentar quien recibe la pensión o su representante legal.

Rebaja pensión de alimentos

Se solicita cuando cambian las circunstancias económicas del alimentante, donde se produce una merma en su ingreso económico, ya sea por cesantía, cambio de trabajo con menor remuneración,   nacimiento de otro hijo u otros gastos que deben acreditarse. 

Cese de pensión de alimentos 

Se solicita cuando el el alimentario es capaz de solventar sus propios gastos o ha contraído matrimonio. Respecto de los hijos se puede solicitar a los 21 años y a los 28 años cuando el alimentario se encuentre estudiando una profesión u oficio. así como también, en caso que se cambie el cuidado personal del hijo, el adulto que no viva con el hijo deberá asumir el pago de pensión de alimentos. 

Pericia daño emocional

Evaluación psicológica a través de entrevistas en profundidad, aplicación de test de personalidad, pruebas psicológicas relacionadas con el daño, y entrevistas a terceros significativos. El daño emocional puede ser generado por los procesos que dieron origen a causas civiles (como accidentes, negligencias médicas, etc.) o penales vigentes, y debe ser acreditado ante tribunales. Este tipo de pericia evalúa finalmente las consecuencias psicológicas de algún hecho traumático o estresante.

Pericia competencias parentales y marentales 

Evaluación psicológica de las habilidades de los padres o adultos significativos que están al cuidado o desean estar al cuidado de su hijo/a o nietos. Este tipo de evaluación también se realiza en causas relacionadas con la relación directa y regular. Las habilidades evaluadas están relacionadas con la protección y el cuidado de los hijos. La evaluación psicológica consta de pruebas de personalidad y pruebas específicas de competencias parentales o marentales.